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27/12/2023
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Por todo ello se da por emitida la correspondiente información y por finalizadas las actuaciones practicadas conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo
Información:
adabengoa373@gmail.com
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo
Información:
adabengoa373@gmail.com
https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true
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Por todo ello se da por emitida la correspondiente información y por finalizadas
las actuaciones practicadas conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de
abril, del Defensor del Pueblo.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo
Información:
adabengoa373@gmail.com
las actuaciones practicadas conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de
abril, del Defensor del Pueblo.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo
Información:
adabengoa373@gmail.com
https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true
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Mensaje de: Robingood9 Hora: 19/03/2025 3:28:14
Tercero: Que el retraso en la contestación se ha debido a un problema en la
cadena de comunicación de la solicitud de información por parte de D. __________que ha hecho que esta secretaría de Estado no haya tenido conocimiento de la
misma hasta la llegada de la solicitud de información por parte del Defensor del Pueblo.
Se han adoptado las necesarias medidas organizativas dentro del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital para evitar que estas situaciones vuelvan a
producirse».
cadena de comunicación de la solicitud de información por parte de D. __________que ha hecho que esta secretaría de Estado no haya tenido conocimiento de la
misma hasta la llegada de la solicitud de información por parte del Defensor del Pueblo.
Se han adoptado las necesarias medidas organizativas dentro del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital para evitar que estas situaciones vuelvan a
producirse».
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Mensaje de: Robingood9 Hora: 19/03/2025 3:28:14
Asimismo, se le ha informado de que la solicitud deberá presentarse a través de
alguno de los registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
dirigirse al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Una vez recibida
la citada documentación, podrá iniciarse la incoación del consiguiente procedimiento
administrativo correspondiente.
alguno de los registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
dirigirse al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Una vez recibida
la citada documentación, podrá iniciarse la incoación del consiguiente procedimiento
administrativo correspondiente.
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Mensaje de: Robingood9 Hora: 19/03/2025 3:28:14
1º) Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la
sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando
debidamente tanto la identidad de éstos como la participación que ostentan en el
capital social.
2º) Exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional o para
el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de
continuación de la sociedad anónima.
sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando
debidamente tanto la identidad de éstos como la participación que ostentan en el
capital social.
2º) Exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional o para
el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de
continuación de la sociedad anónima.
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Mensaje de: Robingood9 Hora: 19/03/2025 3:28:14
«Primero: Que el 25 de septiembre de 2023 se ha dado respuesta a la solicitud
de información presentada por el Sr.___________ mediante correo electrónico, que
se incorpora a este informe.
Segundo: Se ha informado al ciudadano que para iniciar el procedimiento
previsto en el artículo 373 de la Ley de Sociedades de Capital, deberá remitir la
siguiente documentación:
de información presentada por el Sr.___________ mediante correo electrónico, que
se incorpora a este informe.
Segundo: Se ha informado al ciudadano que para iniciar el procedimiento
previsto en el artículo 373 de la Ley de Sociedades de Capital, deberá remitir la
siguiente documentación:
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Mensaje de: Robingood9 Hora: 19/03/2025 3:28:14
A pesar de haberlo explicado y transcrito bastantes veces en este foro y otros ámbitos, se me requiere por much@s, que explique el porqué ha sido emprendida nuestra reivindicación y cómo se sustenta, por lo que copio respuesta que me dio el Defensor del Pueblo el 27/11/2023, ante mi queja por el retraso del Ministerio de Economía en contestarme a dicha iniciativa, donde se detallan los requisitos que os solicito para uniros a la adhesión para la aplicación del art. 373:
Estimado Sr.:
Con relación a la queja arriba indicada, se ha recibido informe de la Secretaría
de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, en el que se señala lo siguiente:
Estimado Sr.:
Con relación a la queja arriba indicada, se ha recibido informe de la Secretaría
de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, en el que se señala lo siguiente:
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https://www.ondacero.es/noticias/salud/esta-empresa-jose-elias-acusada-recetar-farmacos-caros-cancer_2025032167dd9425550aee00013f78d9.html
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https://www.cantabriaeconomica.com/la-economia-hoy/ezentis-entra-en-el-negocio-de-las-instalaciones-integrales-con-la-compra-del-55-de-eda-por-8-millones/
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En base a la actual normativa de la ley de sociedades de capital (art. 373) formulé esta solicitud al gobierno y con el apoyo del Defensor del Pueblo, han admitido a trámite la petición (ministerio de economía).Es una ley vigente.
Estamos actuando dentro por una vía lícita y respetuosa a la que ha dado su visto bueno el gobierno (es el mayor accionista individual)
Si nos quedamos quietos, nada se logrará.
Informaos en:
adabengoa373@gmail.com
Estamos actuando dentro por una vía lícita y respetuosa a la que ha dado su visto bueno el gobierno (es el mayor accionista individual)
Si nos quedamos quietos, nada se logrará.
Informaos en:
adabengoa373@gmail.com
https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true
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