Se prorroga la prohibición de cortos un mes



La CNMV ha acordado prorrogar durante un mes la prohibición de realizar operaciones sobre valores e instrumentos financieros que supongan la constitución o incremento de posiciones cortas netas sobre acciones admitidas a cotización en los centros de negociación españoles (Bolsas de Valores y Mercado Alternativo Bursátil, MAB) para las que la CNMV es la autoridad competente.
La prórroga de la prohibición tendrá efectos desde el próximo 18 de abril hasta el 18 de mayo, ambas fechas incluidas, y podrá a su vez prorrogarse por períodos renovables no superiores a 3 meses si se mantienen las circunstancias.
La prohibición cautelar afecta a cualquier operación sobre acciones o índices, incluyendo operaciones de contado, derivados en mercados organizados o derivados OTC, que suponga crear una posición corta neta o aumentar una preexistente, aunque sea de forma intradiaria.
Se excluyen del ámbito de la prohibición, las siguientes operaciones:
- Las actividades de creación de mercado.
- La creación o incremento de posiciones cortas netas cuando el inversor que adquiere un bono convertible tiene una posición neutral.
- La creación o incremento de posiciones cortas netas cuando la creación o incremento de la posición corta en acciones esté cubierta con una compra equivalente.
- La creación o incremento de posiciones cortas netas a través de instrumentos financieros derivados sobre índices o cestas ponderadas de instrumentos financieros cuando el peso de los valores afectados por la prohibición no supere la mitad del índice o cesta .