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29/10/2020
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23 Min
La única forma que establece la ley y los estatutos para que ese límite del 25% desaparezca automáticamente es que tu OPA sea tan exitosa que logres el 70% del capital.
?Si te quedas en el 51%, el límite del 25% sigue vivo.
?Si llegas al 71%, el límite muere y pasas a mandar con el 71% real.
En resumen: PharmaMar es una "fortaleza" diseñada para que nadie pueda entrar por la fuerza simplemente comprando la mitad más uno de las acciones. O entras de forma amistosa pactando o entras con una fuerza abrumadora superando el 70% si llegas ...
Si no hay llegado ya la OPA, por algo sera....
?Si te quedas en el 51%, el límite del 25% sigue vivo.
?Si llegas al 71%, el límite muere y pasas a mandar con el 71% real.
En resumen: PharmaMar es una "fortaleza" diseñada para que nadie pueda entrar por la fuerza simplemente comprando la mitad más uno de las acciones. O entras de forma amistosa pactando o entras con una fuerza abrumadora superando el 70% si llegas ...
Si no hay llegado ya la OPA, por algo sera....
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Consecuencia del 51%: Si te quedas en el 51%, legalmente solo puedes votar por el 25%. Esto significa que en una Junta de Accionistas, el otro 49% de los accionistas (donde suele estar el "núcleo duro" de la familia fundadora y el Consejo) tiene más poder de voto real que el Opante (75% frente a tu 25%)
La "Minoría Política" siendo Mayoría Económica
?Al estar limitado tu voto al 25%, en cualquier votación de la Junta General, el 49% restante de los accionistas (si actúan en bloque con el actual Consejo) suma un 75% de los votos reales.
?se propone un nuevo Presidente ? votan que NO con el 75%.
?se quiere cambiar los estatutos ? votan que NO con el 75%.
?Resultado: Eres el dueño, pero no puedes aprobar ni una sola decisión.
La "Minoría Política" siendo Mayoría Económica
?Al estar limitado tu voto al 25%, en cualquier votación de la Junta General, el 49% restante de los accionistas (si actúan en bloque con el actual Consejo) suma un 75% de los votos reales.
?se propone un nuevo Presidente ? votan que NO con el 75%.
?se quiere cambiar los estatutos ? votan que NO con el 75%.
?Resultado: Eres el dueño, pero no puedes aprobar ni una sola decisión.
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Quórum y Mayorías para eliminar el límite (El Blindaje)
?Para que un comprador hostil pueda eliminar el artículo 25.3 (el que limita los votos al 25%), tendría que modificar los estatutos. Según la Ley de Sociedades de Capital y el Artículo 20 de los estatutos de PharmaMar:
Según el Artículo 25.3 de los estatutos de PharmaMar, existe una cláusula de salvaguarda basada en la Ley de Sociedades de Capital:
?La limitación de voto al 25% solo se desactiva automáticamente si el comprador alcanza el 70% del capital social en una OPA.
Difícil alcanzar con éxito ese 70% para que la OPA sea exitosa y permita cambiar los estatutos si se tienen en cuenta las acciones del núcleo duro.
?Para que un comprador hostil pueda eliminar el artículo 25.3 (el que limita los votos al 25%), tendría que modificar los estatutos. Según la Ley de Sociedades de Capital y el Artículo 20 de los estatutos de PharmaMar:
Según el Artículo 25.3 de los estatutos de PharmaMar, existe una cláusula de salvaguarda basada en la Ley de Sociedades de Capital:
?La limitación de voto al 25% solo se desactiva automáticamente si el comprador alcanza el 70% del capital social en una OPA.
Difícil alcanzar con éxito ese 70% para que la OPA sea exitosa y permita cambiar los estatutos si se tienen en cuenta las acciones del núcleo duro.
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En los Estatutos Sociales de PharmaMar, el mecanismo de defensa principal ante una OPA hostil (o cualquier intento de toma de control) es la limitación del derecho de voto. Esta cláusula busca evitar que un solo accionista pueda controlar las decisiones de la Junta General, independientemente de cuántas acciones posea.
?El texto literal se encuentra en el Artículo 25 (apartado 3)
El documento establece textualmente lo siguiente:
?"Ningún accionista podrá emitir un número de votos superior a los que correspondan a acciones que representen un porcentaje del 25% del total capital social con derecho a voto existente en cada momento, aun cuando el número de acciones de que sea titular exceda de dicho porcentaje de capital
?El texto literal se encuentra en el Artículo 25 (apartado 3)
El documento establece textualmente lo siguiente:
?"Ningún accionista podrá emitir un número de votos superior a los que correspondan a acciones que representen un porcentaje del 25% del total capital social con derecho a voto existente en cada momento, aun cuando el número de acciones de que sea titular exceda de dicho porcentaje de capital
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ESTATUTOS PHARMAMAR
Los estatutos sociales de PharmaMar, S.A. fueron modificados por última vez el 29 de junio de 2022. Los cambios en 2022 incluyeron principalmente adaptaciones técnicas para mejorar el gobierno corporativo y facilitar la asistencia telemática a las juntas.
?Esta modificación fue aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en esa fecha. Aunque la compañía ha celebrado Juntas posteriores (como la de mayo de 2024 o junio de 2025 estas se han centrado en otros asuntos, como el reparto de dividendos, el nombramiento de auditores o autorizaciones para la adquisición de acciones propias.
Los estatutos sociales de PharmaMar, S.A. fueron modificados por última vez el 29 de junio de 2022. Los cambios en 2022 incluyeron principalmente adaptaciones técnicas para mejorar el gobierno corporativo y facilitar la asistencia telemática a las juntas.
?Esta modificación fue aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en esa fecha. Aunque la compañía ha celebrado Juntas posteriores (como la de mayo de 2024 o junio de 2025 estas se han centrado en otros asuntos, como el reparto de dividendos, el nombramiento de auditores o autorizaciones para la adquisición de acciones propias.
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Desde 2023, está en pleno vigor el Reglamento (UE) 2022/2560 sobre subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior.
?La Comisión Europea ahora puede investigar y bloquear OPAs si la empresa compradora ha recibido subsidios de gobiernos de fuera de la UE que le den una ventaja desleal sobre competidores europeos.
Si una farmacéutica de fuera de la UE (por ejemplo, de China o un fondo soberano de Oriente Medio) intentara opar PharmaMar en 2026, la Comisión Europea podría bloquearla si demuestra que esa empresa ha recibido subsidios estatales en su país de origen. Esto protege a PharmaMar de ser absorbida por competidores con "chequeras dopadas" por gobiernos extranjeros.
?La Comisión Europea ahora puede investigar y bloquear OPAs si la empresa compradora ha recibido subsidios de gobiernos de fuera de la UE que le den una ventaja desleal sobre competidores europeos.
Si una farmacéutica de fuera de la UE (por ejemplo, de China o un fondo soberano de Oriente Medio) intentara opar PharmaMar en 2026, la Comisión Europea podría bloquearla si demuestra que esa empresa ha recibido subsidios estatales en su país de origen. Esto protege a PharmaMar de ser absorbida por competidores con "chequeras dopadas" por gobiernos extranjeros.
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NORMATIVA EUROPEA
A nivel supranacional la NORMATIVA
COMUNITARIA EUROPEA, en materia de OPAs (Ofertas Públicas de Adquisición) se basa fundamentalmente en la Directiva 2004/25/CE.
Armoniza las reglas en toda la Unión Europea. Su objetivo no es prohibir las OPAs, sino asegurar que los accionistas (especialmente los minoritarios) estén protegidos.
A nivel supranacional la NORMATIVA
COMUNITARIA EUROPEA, en materia de OPAs (Ofertas Públicas de Adquisición) se basa fundamentalmente en la Directiva 2004/25/CE.
Armoniza las reglas en toda la Unión Europea. Su objetivo no es prohibir las OPAs, sino asegurar que los accionistas (especialmente los minoritarios) estén protegidos.
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4. Normativa de Competencia (Ley 15/2007)
?Si la OPA proviene de un competidor directo del sector farmacéutico, la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) o la Comisión Europea podrían intervenir.
?La autoridad podría imponer condiciones tan duras que el comprador decidiera retirarse
?Si la OPA proviene de un competidor directo del sector farmacéutico, la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) o la Comisión Europea podrían intervenir.
?La autoridad podría imponer condiciones tan duras que el comprador decidiera retirarse
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3. Ley del Mercado de Valores y de los Servicios de Inversión (Ley 6/2023)
?Esta ley regula el proceso de las Ofertas Públicas de Adquisición en España, bajo la supervisión de la CNMV.
?Medidas de defensa (Artículos 186-189): Permite que el consejo de administración de PharmaMar adopte medidas de defensa, si la Junta General de Accionistas ha aprobado previamente cláusulas de blindaje.
?Reciprocidad: Si el comprador es de un país donde las empresas españolas no tienen las mismas libertades para comprar, el Gobierno puede aplicar el principio de reciprocidad y bloquear la operación.
?Esta ley regula el proceso de las Ofertas Públicas de Adquisición en España, bajo la supervisión de la CNMV.
?Medidas de defensa (Artículos 186-189): Permite que el consejo de administración de PharmaMar adopte medidas de defensa, si la Junta General de Accionistas ha aprobado previamente cláusulas de blindaje.
?Reciprocidad: Si el comprador es de un país donde las empresas españolas no tienen las mismas libertades para comprar, el Gobierno puede aplicar el principio de reciprocidad y bloquear la operación.
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PharmaMar posee patentes críticas y capacidades de I+D únicas en compuestos de origen marino. El Gobierno puede alegar que la pérdida del control nacional sobre estas patentes pone en riesgo la "soberanía sanitaria".
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