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La noticia que ha puesto Low de retirar a los concursales por parte del Juez Peinado es muy importante, algo ha detectado como anormal digamos.
Si, ese juez Peinado que a algunos le parece corrupto, ahora resulta que no se casa con unos concursales sospechosos, en este caso es bueno,
pero claro si investiga tráfico de influencias en la mujer del presidente, tenemos al juez Peinado que es un tío malo.
En qué quedamos?
En cuanto a la noticia de cinco días del recurso del fiscal, dudo mucho que el Tribunal se desdiga de una sentencia tan a favor de Acedo, solo para que el fiscal gaste recursos y medios en intentar demostrar ahora lo que en diez años no ha podido.
ese fiscal si que merece un registro como la sede del PS
Si, ese juez Peinado que a algunos le parece corrupto, ahora resulta que no se casa con unos concursales sospechosos, en este caso es bueno,
pero claro si investiga tráfico de influencias en la mujer del presidente, tenemos al juez Peinado que es un tío malo.
En qué quedamos?
En cuanto a la noticia de cinco días del recurso del fiscal, dudo mucho que el Tribunal se desdiga de una sentencia tan a favor de Acedo, solo para que el fiscal gaste recursos y medios en intentar demostrar ahora lo que en diez años no ha podido.
ese fiscal si que merece un registro como la sede del PS

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Otra noticia:
https://www.intereconomia.com/noticia/mercados/el-juez-insta-a-los-administradores-concursales-de-urbas-a-cesar-en-su-actividad-20260527-1115/

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Mensaje de: josezaragoza Hora: 27/05/2026 11:40:10
La noticia que ha puesto Low de retirar a los concursales por parte del Juez Peinado es muy importan..........
La noticia que ha puesto Low de retirar a los concursales por parte del Juez Peinado es muy importan..........
De acuerdo contigo.
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No voy a entrar en política porque este foro es de bolsa y mas concretamente de Urbas. Error mío poner lo de Begoña, lo siento. Que cada uno saque sus propias conclusiones y el tiempo siempre pone cada cosa en su sitio
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El juzgado de instrucción nº 41 de Madrid, que dirige el magistrado Juan Carlos Peinado y que investiga una querella de Urbas contra el fondo Roundshield por estafa procesal, ha instado verbalmente a los administradores concursales de la empresa «a abstenerse de realizar actos administrativos sobre los activos de la empresa concursada».
Así consta en un escrito de los administradores concursales -Auren Kepler Karst- fechado el pasado 25 de mayo al que ha tenido acceso Efe y dirigido al juzgado mercantil nº 2 de Madrid, que es el que lleva el proceso concursal de Urbas.
Así consta en un escrito de los administradores concursales -Auren Kepler Karst- fechado el pasado 25 de mayo al que ha tenido acceso Efe y dirigido al juzgado mercantil nº 2 de Madrid, que es el que lleva el proceso concursal de Urbas.
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El pasado mes de septiembre la empresa de infraestructuras, promoción inmobiliaria, renovables y servicios se declaró en concurso de acreedores, del que se comprometió a desistir si podía ejecutar un plan de reestructuración.
Plan de reestructuración de Urbas
Dicho plan de reestructuración se vio comprometido por la valoración a cero de activos que habían servido como garantía de un préstamo, que fue lo que motivó la querella de Urbas contra el fondo luxemburgués Roundshield y sociedades anejas.
Plan de reestructuración de Urbas
Dicho plan de reestructuración se vio comprometido por la valoración a cero de activos que habían servido como garantía de un préstamo, que fue lo que motivó la querella de Urbas contra el fondo luxemburgués Roundshield y sociedades anejas.
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En el marco de la querella, el juez Peinado citó el pasado 2 de mayo a los administradores concursales, pero únicamente acudió uno de ellos, por lo que el magistrado optó por citarles a todos el próximo 8 de junio.
Asimismo, «bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad judicial», les instó a abstenerse de seguir llevando a cabo sin su autorización «ningún acto de administración y de disposición en el concurso de Urbas».
Asimismo, «bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad judicial», les instó a abstenerse de seguir llevando a cabo sin su autorización «ningún acto de administración y de disposición en el concurso de Urbas».
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Y para mi lo mas relevante de todo esto es esta parte: "Dicho plan de reestructuración se vio comprometido por la valoración a cero de activos que habían servido como garantía de un préstamo, que fue lo que motivó la querella de Urbas contra el fondo luxemburgués Roundshield y sociedades anejas." Por este motivo la querella por estafa procesal es importante en el concurso abierto
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Mensaje de: Lowcost Hora: 27/05/2026 11:54:47
Y para mi lo mas relevante de todo esto es esta parte: "Dicho plan de reestructuración se vio compro..........
Y para mi lo mas relevante de todo esto es esta parte: "Dicho plan de reestructuración se vio compro..........
bien visto, muy importante
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alkguien tiene la noticia completa de cinco días, lo del recurso del fiscal?
gracias
gracias
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Ahora falta por ver que hace el juez Concursal, si respeta el proceso penal o no
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Mensaje de: josezaragoza Hora: 27/05/2026 11:58:16
alkguien tiene la noticia completa de cinco días, lo del recurso del fiscal? gracias
alkguien tiene la noticia completa de cinco días, lo del recurso del fiscal? gracias
si, ahora la paso
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La Fiscalía Anticorrupción cree que la absolución de Urbas en relación a la ampliación de capital de 2015 no está correctamente justificada. El ministerio público ha recurrido la sentencia dictada el pasado 20 de abril por la Audiencia Nacional que libró de responsabilidad penal a la cúpula directiva de la compañía inmobiliaria al considerar que no engañó a los inversores que acudieron a la operación. Sin embargo, el fiscal Tomás Herranz asegura que los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal se han apoyado en una prueba “inexistente”, al tiempo que han valorado la prueba de manera “arbitraria e irracional”.
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Por ello, en el recurso presentado ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso este periódico, la Fiscalía no solo pide la revocación de la absolución de las 14 personas físicas acusadas, entre ellas el presidente de la compañía Juan Antonio Acedo, y su antecesor en el cargo, Juan Antonio Ibáñez (que se enfrentaban a ocho años de prisión), y cuatro personas jurídicas como responsables civiles subsidiarias, sino que solicita la nulidad del juicio y de la sentencia por considerar que se han infringido las normas y garantías procesales “causando indefensión al Ministerio Fiscal”.
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El fiscal Herranz apunta que “el recurso no pretende una revaloración global de la prueba, sino denunciar errores patentes, utilización de prueba inexistente, omisiones relevantes de hechos probados y razonamientos contrarios a las reglas de la sana crítica, que han sido decisivos para el fallo absolutorio”. Urbas, que se encuentra en pleno concurso de acreedores desde el pasado mes de enero, llevó a cabo en 2015 una ampliación de capital, valorada en 384 millones de euros (en concreto, 307,59 millones de euros en capital social y 76,89 millones de euros de prima de emisión) como solución al patrimonio neto negativo de aproximadamente 48 millones de euros que arrastraba por las pérdidas acumuladas de la crisis del ladrillo.
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La operación se hizo mediante aportaciones no dinerarias del 100% de las participaciones sociales de la sociedad inmobiliaria Aldira Inversiones (en total 69.341.066 participaciones), en la que se habían integrado una serie de inmuebles cuya valoración conjunta representaba el importe de la operación. La Fiscalía Anticorrupción, que presentó una querella en septiembre de 2017 tras analizar, desde un año antes, una alerta de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), dependiente de la Agencia Tributaria,
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basó su acusación en que los activos inmobiliarios aportados a la ampliación de capital estaban “extremadamente sobrevalorados”. El tribunal no vio ninguna irregularidad y, en su sentencia, destacó que la valoración de los inmuebles poseía una “elevada fiabilidad” y que la ampliación tenía como finalidad el “aumento del patrimonio neto y salida de causa de disolución”.
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Sin embargo, a lo largo de 52 páginas, Anticorrupción discrepa de esta y otras conclusiones del tribunal, al entender que ha hecho una “deducción por su cuenta que no se ajusta ni a la realidad ni a la prueba documental que obra en la causa”. En primer lugar, el fiscal destaca que la sentencia se basa en las tasaciones de una de las mayores consultoras inmobiliarias cuya participación “no tiene soporte documental en la causa”.
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