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04/12/2020
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1 Hor
esta le está pasando lo mismo que a gigas hosting la están hundiendo en el sótano
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espero que os resulta de utilidad las respuestas dadas por la sociedad
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como véis todo está abirto, y me han contestado sin problemas a todo lo que les pregunté salvo el estado de las negociacioens que es un dato sensible

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A la fecha de esta respuesta, la Sociedad no ha contratado asesores específicos para el
análisis o ejecución de la operación propuesta por el accionista ni ha asumido compromisos
económicos al respecto. En caso de aprobarse el acuerdo, el Consejo de Administración
contratará los asesores que estime necesarios para evaluar la operación y obtener los
informes que resulten procedentes.
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El Consejo de Administración no ha dispuesto de ningún informe financiero, jurídico, contable
o de valoración utilizado para formular las propuestas, teniendo en cuenta que la junta general
ha sido convocada a propuesta de un accionista conforme a lo establecido en el artículo 168
de la Ley de Sociedades de Capital.
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Le confirmamos que, en todo caso, tanto el eventual aumento de capital como la operación
definitiva relativa a Enerside Energy Italia, S.R.L. deberán ser sometidos a la aprobación de
una Junta General posterior, que contará con los informes correspondientes elaborados al
efecto.
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El acuerdo propuesto no fija un plazo determinado de vigencia del mandato. En caso de
aprobación, corresponderá al Consejo presentar la propuesta definitiva a la Junta General en
el tiempo razonablemente necesario para el análisis de la operación y la obtención de los
informes pertinentes.
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El acuerdo sometido a votación no implica la aprobación de la operación ni de sus términos
definitivos. El mandato tiene por objeto impulsar y desarrollar la propuesta inicial formulada
por Alternative Green Energy Italy Holdco, S.L., obtener los informes correspondientes y
analizar la oferta definitiva que, en su caso, se presente. En consecuencia, la valoración de
la aportación, el tipo de emisión, el número de acciones a emitir y cualesquiera otras
condiciones esenciales de una eventual operación podrán ser objeto de revisión o ajuste
durante dicho proceso, sin perjuicio de que la propuesta definitiva que resulte de ese análisis
deba ser sometida posteriormente a la aprobación de una nueva Junta General de
accionistas.
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La aprobación del mandato no supondría a la Sociedad la obligación de ejecutar la operación
planteada ni ningún otro compromiso, sino que obligaría al Consejo a obtener la
documentación requerida y proponer la operación en una nueva Junta General convocada al
efecto, incurriendo en los gastos que resulten necesarios para ello.
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A la fecha de esta respuesta, la Sociedad no ha adoptado ninguna decisión sobre la
designación de expertos o asesores para una eventual operación derivada de la propuesta
formulada por Alternative Green Energy Italy Holdco, S.L.
En caso de que se apruebe el Punto Tercero del Orden del Día, el Consejo de Administración
procederá a recabar los informes y valoraciones exigidos por la normativa aplicable,
incluyendo, en su caso, la solicitud al Registro Mercantil para el nombramiento de experto
independiente, y la contratación de los asesores especializados que resulten necesarios. El
informe del Consejo de Administración será redactado por los administradores.
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